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LA CONSTITUCION ESPAÑOLA: DERECHOS Y LIBERTADES REFORMABLES ANUALMENTE.
La Constitución Española y cualquiera de un Estado Independiente y Justo, sirve para garantizar ACTUALIZADOS anualmente, los Deberes, Derechos y Libertades del Pueblo Patrio Soberano, Propietario y Gobernante del Estado Independiente en cuestión, y sus Poderes Independientes en sus Nombramientos, Instituciones, Ejércitos, Administraciones y Hacienda Nacional. Por tanto su Reforma debe ser constante, viva y actualizada cada año natural. Y su Sistema Electoral siempre debe ser de Listas Abiertas a puño y letra de ciudadanos que votan a representantes políticos, Y SU REY, DE POR VIDA SOLO (QUE NO DEBE HEREDAR EL PODER DE SUS PADRES O FAMILIA REAL, COMO UN DIOS, SINO GANÁRSELO CADA CUAL, CON DERECHO A SER REY CUALQUIER CIUDADANO, AUNQUE EL REY NO SIRVE YA Y LA REPUBLICA SE IMPONE. A CADA CUAL SE LE OTORGA SU PODER, SEGÚN SUS OBRAS Y CAPACIDAD DE SERVIR EFICAZMENTE Y CON HONESTA JUSTICIA A LOS CIUDADANOS) con nombre completo y su DNI.
La limitación de mandatos legislativos de los Presidentes de Gobierno de España y de las Cámaras Senado y Congreso, a uno solo, evita Caudillismos caciquiles tiranos de desalmados hipócritas y mentirosos estafadores politicos, jueces, magistrados y Fiscales, en un Estado cuya forma es la Democracia o la Meritocracia.
La más avanzada, justa y eficaz forma de Gobierno es LA MERITOCRACIA PERIODICA, fijando los Méritos especializados, las Facultades de todas las Universidades Estatales en consenso Colegiado. Para ser funcionario político, debe ser obligatoria la Titulación Universitaria en Ciencias Políticas y Derecho Constitucional del Estado. Para ser Fiscal, Juez o Magistrado de Tribunal cualquiera, Doctor Universitario en Derecho Constitucional.
Los Aforamientos de ciudadanos cualesquiera incluidos los Reyes y Presidentes de cualquier categoría y los Derechos Forales de territorios Nacionales independientes, siempre privilegiados ante la Ley, deben ser prohibidos dentro del articulado de la Constitución Española y en todas las demás y Tratados Internacionales: La desigualdad de trato ante la Ley es contra los derechos Humanos de la ONU y contra las Democracias y Meritocracias Justas.
La cadena de mando del Estado será piramidal, con subordinación total de las capas inferiores de funciones de mando en todos los ámbitos Institucionales y geográficos del Estado Español u otro cualquiera realmente Soberano, donde todos los ciudadanos e Instituciones del Estado obedecen a su Presidente de Gobierno Estatal y sus jefes de las Administraciones del Estado sin Autonomías Legislativas ninguna ni Parlamentos Regionales o Autonómicos ninguno, carísimos y ruinosos para la hacienda Pública, además de que la Soberanía y el Poder Legislativo es exclusivo de los representantes del Pueblo total Estatal Soberano y dueño de la Patria cuyos representantes para hacer Leyes en Democracia y meritocracia son exclusivamente los Senadores y Congresistas. Y los Referéndum serán siempre Estatales y participando todo el Pueblo Español con derecho a voto en España o en un Estado Independiente en otras Naciones de la ONU.
El idioma oficial del Estado español será el que establezca su Constitución vigente, hoy el castellano en 2010 por la CE de 1978 vigente y sin reformar legalmente, y deberá ser de uso esclusivo en el Congreso, Senado, Administraciones, Instituciones y Poderes todos del Estado Español y sus regiones patrias, incluidas Fiscalías, Tribunales y Audiencias Judiciales, Centros Educativos y en todo lugar como idioma único oficial obligatorio en su uso para con derecho comunicarse la ciudadanía entre sí y con los todos funcionarios y documentos del Estado español y en el Comercio privado y público; en la publicación en todos los Boletines Oficiales de Leyes y legislaciones o Reglamentos, en la Constitución Española y en todas las Administraciones del Estado español como único idioma Oficial de documentos y de comunicación entre los ciudadanos y todos los funcionarios de España en todas sus Instituciones y Poderes del Estado, incluídas las Fiscalías de toda España, sin derecho ciudadano a interpretes de lenguas Regionales españolas como el catalán, valenciano, mallorquín, ibicenco, aranés, bable, andaluz, vasco, gallego, etc.
La acción judicial en Justicia Internacional solo podrá ser competencia de Tribunales de Justicia Internacionales reconocidos por la ONU oficialmente.
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